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Rubber "Regulations" and "Rules" stamps leaning against stack of paper

Regla final de la FTC sobre cláusulas de no competencia

Por: Ilse M. Ghent, asistente legal

El 23 de abril de 2024, la Comisión Federal de Comercio (FTC) votó a favor de finalizar una nueva regla para prohibir a los empleadores hacer cumplir acuerdos de no competencia contra los trabajadores. La Comisión Regla final determinó que los acuerdos de no competencia son un método de competencia desleal y, por lo tanto, violan la Sección 5 de la Ley de la Comisión Federal de Comercio (Ley FTC).  En el anuncio, la FTC explicó que el objetivo de este cambio era reducir los costos de atención médica, fomentar la formación de nuevas empresas, generar un aumento en la innovación y aumentar los ingresos de los trabajadores. Si bien la Cámara de Comercio de los Estados Unidos de América, en asociación con varias organizaciones empresariales, ha presentado una demanda en un tribunal federal de Texas que busca una orden para anular y anular la Regla en su totalidad, la Regla entrará en vigor 120 días después de su publicación en el Registro Federal.  A menos que se indique lo contrario, toda la información ha sido extraída de la propia  Regla final.

¿A quién afecta la regla?

De acuerdo con la hoja informativa sobre no competencia de la FTC, en su fecha de vigencia, la Regla de No Competencia prohibirá a los empleadores celebrar nuevos acuerdos de no competencia con sus empleados. Según la FTC Guía de cumplimiento, la Regla se aplica a acuerdos de no competencia con todos los trabajadores de tiempo completo y parcial, incluidos empleados, contratistas independientes, pasantes, externos, voluntarios y aprendices.  Aunque la norma afecta a todo tipo de empresas e industrias, los empleadores que quedan fuera de la jurisdicción de la FTC (incluidos bancos e instituciones financieras, transportistas comunes y aéreos y algunas organizaciones sin fines de lucro) no están cubiertos por esta nueva norma.

¿Qué es una cláusula de no competencia?

Según la FTC Guía de cumplimiento, “una cláusula de no competencia es un término o condición, a menudo en un contrato de trabajo, que prohíbe, penaliza o impide funcionalmente que un trabajador consiga un trabajo diferente o inicie un negocio después de dejar su empleo”.  Esta definición cubre términos y condiciones que dicen expresamente que un trabajador no puede conseguir otro trabajo con un competidor o iniciar un negocio.  También cubre términos y condiciones que requieren que un trabajador pague una multa si consigue un trabajo con un competidor o inicia un negocio. La Regla también cubre las disposiciones de no competencia en los acuerdos de indemnización. La regla previene términos y condiciones que no están etiquetados como no competitivos, pero que son tan restrictivos que efectivamente impiden que un trabajador consiga un nuevo trabajo o iniciar un negocio.

¿Hay excepciones?

Según §910.3 de la Regla, se aplican excepciones para una venta de negocios de buena fe, causas de acción relacionadas con no competencia que expiraron antes de la fecha de vigencia y creencias de buena fe de que un acuerdo de no competencia estaba comprendido en una excepción.

Durante la venta de un negocio, el comprador puede celebrar un acuerdo de no competencia para sí mismo, pero no puede obligar a sus futuros empleados a él.  En cuanto a las causas de acción que expiran antes de la fecha de entrada en vigor, la Comisión declaró que la retroactividad no se aplicaría y, por lo tanto, los acuerdos de no competencia vencidos no estarían sujetos a penalización. Sin embargo, si el acuerdo de no competencia se produjo antes de la fecha de entrada en vigor pero no ha expirado, no se puede hacer cumplir y se debe cumplir un requisito de notificación. Sin embargo, si la no competencia ocurrió antes de la fecha de vigencia pero no ha expirado, no se puede hacer cumplir y se debe cumplir con un requisito de notificación.  Además, una persona que celebre un acuerdo de no competencia creyendo de buena fe que se aplica una excepción no será penalizada.  Además, la Regla no se aplica a las relaciones franquiciador-franquiciado.  Para nuevos acuerdos de no competencia, un empleador no podrá celebrar un acuerdo de no competencia con altos ejecutivos.  Sin embargo, si antes de la fecha de promulgación existiera un acuerdo de no competencia con un alto ejecutivo, el acuerdo de no competencia podrá ser exigible.  Es importante destacar que el FTC estima que menos del uno por ciento de los trabajadores están incluidos en esta excepción.

¿Qué es un Alto Ejecutivo?

  • 910.1 de la Regla define como Alto Directivo a aquel trabajador que:

(1) Estaba en una posición de formulación de políticas; y

(2) Recibido de una persona para el empleo:

(i) Compensación anual total de al menos $151,164 en el año anterior; o

(ii) Compensación total de al menos $151,164 cuando se anualiza si el trabajador estuvo empleado durante sólo una parte del año anterior; o

(iii) Compensación total de al menos $151,164 cuando se anualiza en el año anterior a la salida del trabajador si el trabajador dejó el empleo antes del año anterior y el trabajador está sujeto a una cláusula de no competencia.

Explica además que una posición de formulación de políticas es “el presidente, director ejecutivo o equivalente de una entidad comercial, cualquier otro funcionario de una entidad comercial que tenga autoridad para formular políticas, o cualquier otra persona física que tenga autoridad para formular políticas para la entidad comercial similar a un funcionario con autoridad para formular políticas autoridad.” La autoridad para formular políticas es “la autoridad final para tomar decisiones políticas que controlan aspectos importantes de una entidad comercial o empresa común”.  No incluye asesorar a alguien en este rol.

¿Cómo cumple una empresa?

Las empresas pueden cumplir no celebrando ningún nuevo acuerdo de no competencia.  Para los acuerdos existentes que dejarán de ser válidos en la fecha de entrada en vigor, las empresas deberán notificar a los trabajadores afectados por la Regla. La Regla contiene disposiciones estrictas con respecto a dichos avisos, y se recomienda que todos los empleadores con acuerdos de no competencia existentes preparen dichos avisos con anticipación para enviarlos el día que la Regla entre en vigencia.

¿Preguntas sobre la regla final de la FTC sobre cláusulas independientes de no competencia? Llame The Law Group of Northwest Arkansas

Si tiene alguna pregunta sobre la Regla final de la FTC sobre cláusulas de no competencia, o si desea ayuda con los avisos a los trabajadores requeridos, The Law Group of Northwest Arkansas PLLC puede ayudar. Contacte The Law Group of Northwest Arkansas PLLC  para programar una consulta inicial gratuita. Puedes contactar con nosotros utilizando nuestro formulario de contacto en línea o llamando al (479) 343-2965.