¿Qué deben saber los empleadores sobre los animales de servicio?
Escrito por Aly Savage, asistente legal
¿Qué es un animal de servicio?
La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por su siglas en inglés) define un animal de servicio como un animal de trabajo entrenado para realizar ciertas tareas para una persona con una discapacidad. El trabajo o tarea debe estar directamente relacionado con la discapacidad de esa persona y no puede ser para brindar consuelo o apoyo emocional. Estos animales deben estar bajo el control del cuidador, domesticados y deben estar atados o con correa a menos que interfiera con las tareas que realiza el animal. Estos animales pueden ser entrenados profesionalmente o por su dueño.
Aunque los perros son los animales más comunes, la ADA también tiene disposiciones para los caballos en miniatura. Los factores para tener un caballo miniatura como animal de servicio incluyen:
1) El caballo miniatura debe estar domesticado;
2) El caballo miniatura debe estar bajo el control del propietario en todo momento;
3) La instalación debe poder adaptarse al tipo, tamaño y peso de un caballo en miniatura; y
4) La presencia del caballo miniatura no compromete los requisitos legítimos de seguridad para operar la instalación de manera segura.
Ejemplos de tareas que los animales de servicio pueden realizar incluyen, entre otras, ayudar y alertar a una persona con diabetes si su nivel de azúcar en la sangre es alto o bajo, alertar a una persona sorda, ayudar a una persona con problemas de movilidad, calmar un trastorno de estrés postraumático. (PTSD, por su sigla en inglés) que sufre durante un ataque de ansiedad, y muchos más.
¿Cuál es la diferencia entre un perro de servicio para clientes y empleados, y cuáles son sus responsabilidades como propietario de una empresa?
Si bien el Título II de la ADA exige que los gobiernos estatales y locales brinden a las personas con discapacidades igualdad de oportunidades para obtener beneficios, y Título III de la ADA describe los requisitos de alojamiento público para personas con discapacidades, el Título I de la ADA describe las adaptaciones que los empleadores deben hacer para los empleados con discapacidades. Según el Título I, los empleadores con 15 o más empleados deben acomodar a las personas con discapacidades para que los empleados “se beneficien de toda la gama de oportunidades relacionadas con el empleo disponibles para otros” y “requiere que los empleadores hagan ajustes razonables a las condiciones físicas o físicas conocidas”. limitaciones mentales”.
¿Los empleadores tienen que permitir animales de servicio en el lugar de trabajo?
Aunque permitir un animal de servicio es una manera de hacer adaptaciones razonables, el Título I no se refiere específicamente a los animales de servicio. Esto significa que un empleado debe pasar por el mismo proceso de solicitar su animal de servicio como adaptación razonable que cualquier otro empleado que necesite adaptaciones. La ADA permite a los empleadores elegir entre adaptaciones efectivas; sin embargo, es posible que algunas adaptaciones no se consideren un sustituto de un animal de servicio.
¿Pueden los empleadores exigir o solicitar documentación sobre un animal de servicio?
Aunque los dueños de negocios sólo pueden preguntar si el animal es un animal de servicio y qué tareas realiza según Título III de la ADA, un empleador puede solicitar más información a un empleado. Según la Red de alojamiento laboral, la ADA permite a los empleadores “solicitar documentación razonable de que se necesita una adaptación debido a la discapacidad de un empleado”. Por lo general, esto proviene de un proveedor de atención médica; sin embargo, algunas personas adquieren un animal de servicio sin la aprobación escrita de un médico. Un empleado también puede proporcionar una carta o un certificado de capacitación del entrenador del animal de servicio, pero esto no puede ser requerido ya que no existe ningún requisito federal para que un animal de servicio deba estar entrenado profesionalmente. Otra opción es un período de prueba, que permite al empleado traer el animal de servicio al ambiente de trabajo durante un período de prueba para garantizar que el animal brinde un servicio al empleado y no sea una carga para el empleador.
Tanto los propietarios de empresas como los empleadores deben ser conscientes de que no pueden solicitar ni aceptar documentos de certificación o registro como prueba. Esto se debe a que la ADA y el Departamento de Justicia no reconocen las certificaciones o registros como prueba, y estos documentos no transmiten ningún derecho porque pueden falsificarse o comprarse fácilmente en línea, y no indican si una persona tiene una discapacidad o una necesidad de un animal de servicio.
¿Se le permite a un empleador notificar a otros empleados sobre un animal de servicio en el lugar de trabajo?
Aunque muchas personas son alérgicas a los perros o pueden tener fobia a los perros, las reglas de confidencialidad de la ADA restringen a los empleadores revelar información sobre las adaptaciones de un empleado discapacitado. Un empleador puede indicar que un perro puede estar presente en el lugar de trabajo e indicar a otros empleados que no interactúen con él, pero no puede dar una explicación. Si un empleado diferente presenta una alergia o fobia, el empleador también debe adaptarse a ese empleado. Algunas sugerencias de Job Accommodation Network son:
- Permitir que el empleado afectado trabaje en un área diferente del edificio;
- Usar un purificador de aire en el puesto de trabajo del empleado;
- Permitir horarios flexibles para que los empleados no trabajen al mismo tiempo; o
- Limpiar periódicamente el área de trabajo.
¿Quién es responsable del animal de servicio en el lugar de trabajo o negocio?
El cuidador del animal de servicio es responsable de cuidarlo y supervisarlo en todo momento, incluida la alimentación, el aseo y el cuidado veterinario del animal. El cuidador debe mantener el control del animal en todo momento y se le puede pedir que se vaya si el animal se muestra agresivo, se porta mal o es disruptivo.
¿Qué dicen las leyes de Arkansas sobre los animales de servicio?
Arkansas ha adoptado la definición federal de perro de servicio tal como se define en los Títulos II y III de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades. Arkansas permite que los perros de servicio en entrenamiento tengan los mismos derechos de acceso público que otros animales de servicio, siempre que el animal esté bajo control y no sea una carga para el lugar de trabajo. Además, la ley de Arkansas establece que un individuo no puede tergiversar a un animal como un perro de servicio y hacerlo puede resultar en una multa civil que no exceda los $250 por cada infracción.
Nuestros abogados laborales con experiencia en The Law Group of Northwest Arkansas PLLC pueden asesorar a los clientes sobre cómo cumplir con las leyes vigentes con respecto a los animales de servicio. Ya sea empleado o empleador, es importante comprender sus responsabilidades y derechos con respecto a los animales de servicio en el lugar de trabajo. Llámenos al 479-334-3340 o comuníquese con nuestra oficina para asegurarse de cumplir con los requisitos de la ADA con respecto a los animales de servicio en el lugar de trabajo.